Con el cierre del año, se activan obligaciones como el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), se aplican nuevos aumentos paritarios a empleadas de casas particulares y entran en vigencia normativas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que impactan en vendedores de plataformas digitales.
Sueldo Anual Complementario (SAC): cómo se calcula y cuándo se cobra
El cálculo del SAC (o aguinaldo) se efectúa calculando el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres comprendidos entre:
- de enero a junio (SAC de junio)
- de julio a diciembre (SAC de diciembre)
Se incluye la totalidad de conceptos remunerativos, tales como horas extraordinarias, comisiones y otros adicionales que integren la remuneración habitual o variable. La liquidación es proporcional al tiempo de servicios prestado dentro del semestre, cuando éste sea inferior a su duración completa.
Fecha de pago
- La primera con vencimiento el 30 de junio
- La segunda con vencimiento el 18 de diciembre
Empleadas de casas particulares: aumento y bono de fin de año
El personal de servicio doméstico percibirá una actualización salarial en dos tramos acumulativos que impactará directamente en el cálculo del aguinaldo de diciembre. Se fijó un incremento total del 2,7% sobre las escalas de septiembre, distribuido de la siguiente manera:
- 1,4% en noviembre (se aplica sobre el salario bruto de octubre).
- 1,3% en diciembre (se calcula sobre el nuevo salario de noviembre).
Además, continúa vigente la suma no remunerativa mensual de $14.000 para trabajadoras con jornadas de más de 16 horas semanales, $7.000 para quienes trabajan entre 12 y 16 horas, y $4.000 para quienes cumplen menos de 12 horas semanales. Esta asignación se abona en noviembre, diciembre y enero.
Dato clave: Los empleadores deben tener en cuenta que estos aumentos modifican la «mejor remuneración del semestre», impactando directamente en el monto final del SAC a abonar en diciembre 2025.
ARCA actualiza montos y condiciones para calcular el IVA (percepción RG 5319) en plataformas digitales a partir de diciembre
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó los valores correspondientes al régimen especial de ingreso del Impuesto al Valor Agregado (IVA); es decir, las percepciones de IVA RG 5319 aplicable a los vendedores de bienes y servicios realizadas a través de plataformas digitales como Mercado Libre, Tiendanube o similares.
La medida apunta a detectar a quienes realizan operaciones comerciales habituales sin estar acreditados en el régimen según le corresponde (responsables inscriptos, de exentos o no alcanzados en el IVA, o Monotributo) y realicen operaciones en forma habitual, frecuente o reiterada.
Los nuevos parámetros de habitualidad son:
- Habitualidad mensual: 10 o más operaciones y un monto total igual o superior a $750.000.
- Habitualidad por cuatrimestre: 4 o más operaciones por mes, con un monto acumulado igual o superior a $750.000, durante el cuatrimestre.
- ¿Qué pasa con la venta de bienes usados?
Para que las ventas de bienes usados de uso personal no sean consideradas habituales, el monto deberá ser menor a $1.500.000. Para ello: - El vendedor deberá manifestar ante el agente de percepción (a través del mecanismo por este dispuesto y con carácter de declaración jurada) esta circunstancia, la cual no podrá ser aducida nuevamente por el transcurso de 2 años.
A partir de esta modificación, los usuarios pasan a ser considerados “sujetos no categorizados” desde el mes siguiente a aquel en el que se verifique la habitualidad, mientras que dejarán de estar alcanzados cuando se inscriban en IVA o Monotributo, o cuando cese la habitualidad.