• Login
  • Registro
Apliconomy
17 de septiembre de 2026
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Economía
  • Empresas & Negocios
  • Informes
  • Tablero Económico
  • Estudio & Consultora
Apliconomy
Sin resultados
Ver todos los resultados

La CNV cambia la operatoria de las PyMEs: qué pasa con el impuesto al cheque y cuál es su impacto

by Apliconomy
16 septiembre, 2026
en Empresas & Negocios
0 0
0
La CNV cambia la operatoria de las PyMEs: qué pasa con el impuesto al cheque y cuál es su impacto
Compartir en FacebookCompartir en Whatsapp

La eliminación del cheque para fondear cuentas comitentes puede generar nuevos movimientos alcanzados por el Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios, aunque el impacto no será igual para todas las empresas porque existen exenciones, reducciones y mecanismos para computar parte del gravamen contra otras obligaciones fiscales.


La Comisión Nacional de Valores (CNV) modificó las reglas para el movimiento de fondos entre los agentes del mercado de capitales y sus clientes, una decisión que cambia la operatoria de las PyMEs que utilizan cuentas comitentes para administrar liquidez o financiarse.

A través de la Resolución General 1166/2026, publicada el 15 de septiembre, dispuso que los ingresos y retiros de fondos deberán canalizarse mediante transferencias bancarias o CVU. Los cheques físicos y electrónicos dejan de estar habilitados para ese fin.

Para las PyMEs, el cambio puede tener además un efecto tributario. La alícuota general del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios es del 0,6% sobre los créditos y del 0,6% sobre los débitos, por lo que un circuito que implique acreditar fondos en una cuenta y luego debitarlos puede acumular una incidencia nominal de hasta 1,2%, salvo que resulte aplicable alguna exención, reducción o tratamiento específico. La RG 1166 no modifica el impuesto ni sus alícuotas, pero al eliminar el cheque y el e-cheq como vía para ingresar o retirar fondos de una cuenta comitente puede aumentar la cantidad de movimientos bancarios alcanzados por el gravamen, según el circuito utilizado por cada empresa.

La norma no elimina al cheque ni al e-cheq como instrumentos negociables en el mercado de capitales. Las empresas que los utilizaban para mover fondos hacia o desde una ALyC deberán reemplazar ese mecanismo por transferencias bancarias o CVU identificadas, pero la negociación de cheques de pago diferido como herramienta de financiamiento continúa habilitada.

Qué pasaba antes

El esquema vigente hasta el 15 de septiembre había sido definido pocos meses antes por las Resoluciones Generales 1139 y 1141. Esas normas permitían a los sujetos registrados ante la CNV que reciben y entregan fondos de sus clientes —entre ellos los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC)— utilizar transferencias bancarias, CVU, cheques físicos y cheques electrónicos.

Los cheques estaban sujetos a requisitos de titularidad, identificación y trazabilidad. Para los pagos a clientes, además, existía un límite de dos operaciones diarias por cliente mediante ese instrumento.

Qué cambia con la Resolución 1166

Desde la entrada en vigencia de la nueva norma, los fondos que ingresen o salgan de una cuenta comitente deberán canalizarse mediante transferencias.

Antes: transferencia bancaria, CVU o cheque.
Ahora: transferencia bancaria o CVU.

Las transferencias bancarias deben realizarse desde o hacia cuentas en las que el cliente sea titular o cotitular. En el caso de las CVU, debe poder identificarse al titular mediante CUIT y garantizarse la trazabilidad de los fondos.

Para una PyME que utilizaba un cheque propio o un e-cheq para ingresar fondos a su cuenta comitente, el cambio obliga a reemplazar ese mecanismo por una transferencia. Lo mismo ocurre con los retiros: el dinero deberá acreditarse en una cuenta bancaria o CVU identificada del cliente.

La distinción es importante: el cheque deja de utilizarse como medio para mover fondos entre la empresa y la cuenta comitente, pero puede seguir negociándose en el mercado como instrumento de financiamiento.

Qué busca la CNV

Según los fundamentos de la resolución, el cambio apunta a asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos, evitar inconvenientes o rechazos asociados al uso de cheques y reforzar la identificación y trazabilidad de las operaciones dentro de los controles de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Además, al obligar a canalizar determinados movimientos a través de cuentas bancarias o CVU puede aumentar la cantidad de operaciones alcanzadas por el Impuesto sobre los Créditos y Débitos, con un eventual efecto sobre la recaudación.

El costo efectivo dependerá de cada empresa

El impacto del impuesto al cheque no será igual para todas las PyMEs, porque existen mecanismos que permiten computar parte del gravamen contra otras obligaciones fiscales.

En el caso de las microempresas, durante 2026 continúa vigente la posibilidad de utilizar hasta el 30% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos efectivamente ingresado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al SIPA. El beneficio está vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Además, la normativa PyME contempla el cómputo del impuesto como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias en determinados casos. En particular, las microempresas pueden computar el 100% del impuesto efectivamente ingresado como pago a cuenta de Ganancias, conforme al régimen aplicable.

Por eso, el efecto económico de la RG 1166 dependerá del volumen de movimientos que genere el nuevo circuito y del tratamiento fiscal aplicable a cada empresa.

Casos especiales previstos por la resolución

Actividad agropecuaria y corretaje de granos: la resolución mantiene un tratamiento específico para los ALyC I AGRO y para los ALyC Integrales que tengan un convenio de liquidación y compensación con un Agente de Negociación que desarrolle actividades de corretaje de granos, agropecuarias o agroindustriales. En esos casos, podrán recibir fondos de clientes desde las cuentas bancarias afectadas a esas actividades, siempre que se garantice la trazabilidad del dinero y pueda identificarse al originador o beneficiario mediante CUIT, nombre y apellido.

Inversores extranjeros: la norma también contempla a los inversores extranjeros sujetos al régimen especial de debida diligencia previsto por la UIF. Estos podrán recibir y enviar transferencias a través de entidades reguladas por el BCRA que actúen como custodios locales, tanto directamente para esos inversores como en representación de una entidad financiera o bancaria del exterior. En ambos casos, deberán informar al ALyC los datos de la cuenta utilizada por el custodio local.

Relacionado Posts

Industria y construcción volvieron a caer en julio
Empresas & Negocios

Industria y construcción volvieron a caer en julio

8 septiembre, 2026
ARCA modifica las declaraciones productivas y ajusta los requisitos para el reintegro de IVA
Empresas & Negocios

ARCA modifica las declaraciones productivas y ajusta los requisitos para el reintegro de IVA

3 septiembre, 2026
Ganancias 2025: ARCA prorrogó la presentación de las declaraciones juradas hasta el 22 de septiembre
Empresas & Negocios

Ganancias 2025: ARCA prorrogó la presentación de las declaraciones juradas hasta el 22 de septiembre

2 septiembre, 2026
Claves tributarias para PyMEs: Cómo gestionar los honorarios de directores y socios gerentes sin sobresaltos fiscales
Empresas & Negocios

Claves tributarias para PyMEs: Cómo gestionar los honorarios de directores y socios gerentes sin sobresaltos fiscales

27 agosto, 2026
Guía del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para pymes
Empresas & Negocios

Guía del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para pymes

18 agosto, 2026
Créditos en dólares: el Gobierno amplía el acceso de las empresas y habilita una nueva fuente de financiamiento
Empresas & Negocios

Créditos en dólares: el Gobierno amplía el acceso de las empresas y habilita una nueva fuente de financiamiento

14 agosto, 2026
Apliconomy

Información que vale

Categorías

  • Home
  • Economía
  • Empresas & Negocios
  • Informes
  • Tablero Económico
  • Estudio & Consultora

Seguinos en redes sociales

Lo último

  • La CNV cambia la operatoria de las PyMEs: qué pasa con el impuesto al cheque y cuál es su impacto
  • Macroconomy: Resumen ejecutivo del informe macroeconómico – Septiembre 2026
  • Macroconomy: Informe completo macroeconómico – Septiembre 2026
  • Home
  • Economía
  • Empresas & Negocios
  • Informes
  • Tablero Económico
  • Estudio & Consultora

© 2025 Apliconomy - Desarrollado por Livom.

Bienvenido nuevamente!

O

Login a tu cuenta

Olvidaste la contraseña? Registro

Crear nueva cuenta

O

Completá los campos para registrarte

Todos los campos son requeridos Ingresar

Recupera tu contraseña

Por favor ingresa tu nombre de usuario o email para resetear tu contraseña.

Ingresar
Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Economía
  • Empresas & Negocios
  • Informes
  • Tablero Económico
  • Estudio & Consultora

© 2025 Apliconomy - Desarrollado por Livom.

¿Estás seguro que querés desbloquear este artículo?
Desbloquear izquierda : 0
¿Estás seguro que querés cancelar la suscripción?